domingo, 10 de junio de 2012

EJEMPLO DE CAPITULO 5 6 Y 7 EN TESIS

CAPITULO V
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS.













Fr: Frecuencia porcentual
N: Total de datos
X: Total de respuestas.
5.1 Tabla Nº 1: presentación de datos.

No
PREGUNTA
PARÁMETRO
FR
%
%
Si
No
1
¿Sabe cuál es la función de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y los proyectos que realiza?
Si
No
55
96
36
64
2
¿Ha recibido usted atención por parte de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos en alguna violación a sus derechos?
Si
No
129
22
85
15
3
¿Conoce las técnicas empleadas por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos en cuanto a los derechos como integridad física, moral o psicológica, derecho al trabajo e igualdad de oportunidades?
Si
No
111
40
74
26
4
¿Cree usted que existe disminución de violaciones a los derechos humanos de las mujeres por la influencia del trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos?
Si
No
82
69
54
46
5
¿Cree usted que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos ejerce el control en los casos de violación a sus derechos como mujer?
Si
No
52
99
34
66
6
¿Cree usted que se utilizan los suficientes medios para difundir los derechos humanos de la mujer?
Si
No
53
98
35
65
7
¿Cree usted que la difusión de los derechos humanos de la mujer es la adecuada y se da en todos los sectores de nuestra sociedad?
Si
No
48
103
32
68
8
¿Considera que la clase de información que provee la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos es la adecuada ante la violación de sus derechos humanos?
Si
No
75
76
50
50
9
¿Conoce de sus derechos o se le ha preparado por otras Instituciones para actuar ante la violación a los mismos?
Si
No
88
63
58
42
10
¿Considera usted que dando a  conocer a las mujeres sobre los derechos que posee se puede erradicar las violaciones a estos?
Si
No
130
21
86
14
11
¿Cree usted que  la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos debe proveer información adecuada  ante la violación de sus derechos humanos?
Si
No
142
9
94
6
12
¿Alguna vez le han irrespetado sus derechos como mujer  y la Procuraduría le ha capacitado?
Si
No
21
130
14
86
13
¿Considera usted que se le debe orientar a la mujer de mejor manera sobre los derechos al trabajo, integridad física, moral o psicológica e igualdad de oportunidades?
Si
No
143
8
95
5
14
¿Cree usted que el trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos  es efectivo ante la violación de sus derechos?
Si
No
82
69
54
46
15
¿Considera que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos  interviene efectivamente ante la violación de sus derechos?
Si
No
78
73
52
48
TOTAL
1289
976
57%
43%
                                                                            

5.2 Análisis e interpretación de resultados.
            Cuadro Nº 1.
Pregunta No 1-¿Sabe cuál es la función de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y los proyectos que realiza?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
55
36
NO
96
64
TOTAL
151
100
Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas  55 respondieron afirmativamente  mientras que 96 negativamente.

Interpretación.
Por  los resultados obtenidos se puede observar que el 36.00% manifiesta saber cuál es la función de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y los proyectos que realiza dicha institución, por lo que el resultado ha sido desfavorable, pues el 64.00% reflejan que no.




Cuadro Nº 2
Pregunta No 2-¿Ha recibido usted atención por parte de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos en alguna violación a sus derechos?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
129
85
NO
22
15
TOTAL
151
100
Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas  129 respondieron afirmativamente  mientras que 22 negativamente.

Interpretación.
Por  los resultados obtenidos se deduce  que el 85.00%  de las respuestas son favorables  ya que manifiestan haber recibido atención por parte de la  Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, mientras que el  15.00%  no han recibido atención




Cuadro Nº 3.
Pregunta No 3- ¿Conoce las técnicas empleadas por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos en cuanto a los derechos como integridad física, moral o psicológica, derecho al trabajo e igualdad de oportunidades?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
111
74
NO
40
26
TOTAL
151
100
Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas  111 respondieron afirmativamente  mientras que 40 negativamente.

Interpretación.
Por  los resultados obtenidos se deduce  que el 74.00%  de las personas encuestadas conoce las técnicas empleadas por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos en cuanto a los derechos como integridad física, moral y psicológica, derecho al trabajo e igualdad de oportunidades, mientras que el  26.00%  no conocen las técnicas empleadas por la institución.




Cuadro Nº 4.
Pregunta No 4-¿Cree usted que existe disminución de violaciones a los derechos humanos de las mujeres por la influencia del trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
82
54
NO
69
46
TOTAL
151
100

Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas  82 respondieron afirmativamente  mientras que 69 negativamente.

Interpretación.
Por  los resultados obtenidos se puede observar que el 54.00% manifiesta que existe disminución a las violaciones a los derechos de la mujer  por la influencia del trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, mientras que el 46.00% reflejan que no  han disminuido las violaciones.





Cuadro Nº 5
Pregunta No 5-¿Cree usted que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos ejerce el control en los casos de violación a sus derechos como mujer?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
52
34
NO
99
66
TOTAL
151
100

Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas  52  respondieron afirmativamente  mientras que 99 negativamente.

Interpretación.
Por  los resultados obtenidos se puede observar que el 66.00% manifiesta que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos ejerce control en los casos de violación a los derechos de la mujer, mientras que el 34.00% reflejan que no  han disminuido las violaciones.




Cuadro Nº 6.
Pregunta No 6-¿Cree usted que se utilizan los suficientes medios para difundir los derechos humanos de la mujer?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
53
35
NO
98
65
TOTAL
151
100

Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas  53 respondieron afirmativamente  mientras que 98 negativamente.

Interpretación.
Por  los resultados obtenidos se puede observar que el 35.00% manifiesta que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos utiliza los medios suficientes para difundir los derechos de la mujer, mientras que el 65.00% reflejan que no  se utilizan actualmente los medios necesarios





Cuadro Nº 7.
Pregunta No 7-¿Cree usted que la difusión de los derechos humanos de la mujer es la adecuada y se da en todos los sectores de nuestra sociedad?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
48
32
NO
103
68
TOTAL
151
100

Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas  48 respondieron afirmativamente  mientras que 103 negativamente.
Interpretación.
Los resultados reflejan que 32.00% de las personas encuestadas manifiestan que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos ejerce una difusión adecuada de los derechos humanos y que se da en todos los sectores de nuestra sociedad, mientras que el 68.00% reflejan que no  es adecuada la difusión de los derechos de la mujer.





                      Cuadro Nº 8
Pregunta No 8-¿Considera que la clase de información que provee la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos es la adecuada ante la violación de sus derechos humanos?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
75
50
NO
76
50
TOTAL
151
100

Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas  75 respondieron afirmativamente  mientras que 76 negativamente.

Interpretación.
Los resultados reflejan que  50.00% de las personas encuestadas manifiestan que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos provee una información adecuada ante la violación a los derechos humanos de la mujer, mientras que el 50.00% reflejan que no  es una información adecuada.





                      Cuadro Nº 9
Pregunta No 9-¿conoce sus derechos o se le ha preparado por otras instituciones para actuar ante la violación de los mismos?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
88
58
NO
63
42
TOTAL
151
100

Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas 88 respondieron afirmativamente  mientras que 63 negativamente.


Interpretación.
Los resultados reflejan que 58.00% de las personas encuestadas manifiestan que conoce de sus derechos o se le ha preparado por otras instituciones para actuar ante las violaciones a sus derechos, mientras que el 42.00% reflejan que no  conocen de sus derechos.




Cuadro Nº 10
Pregunta No 10-¿considera usted que dando a conocer a las mujeres sobre los derechos que posee se puede erradicar las violaciones a estos?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
130
86
NO
21
14
TOTAL
151
100

Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas 130 respondieron afirmativamente  mientras que 21 negativamente.

Interpretación.
Los resultados reflejan que 86.00% de las personas encuestadas manifiestan que dando a conocer a las mujeres sobre los derechos que posee se puede erradicar las violaciones a los mismos, mientras que el 14.00% reflejan que no  se puede erradicar las violaciones.






Cuadro Nº 11
Pregunta No 11-¿cree usted que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos debe proveer  información adecuada ante la violación a sus derechos humanos?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
142
94
NO
9
6
TOTAL
151
100

Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas 142 respondieron afirmativamente  mientras que 9 negativamente.

Interpretación.
Los resultados reflejan que 94.00% de las personas encuestadas manifiestan que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos debe proveer información adecuada ante la violación a los derechos de la mujer, mientras que el 6.00% reflejan que no.





Cuadro Nº 12
Pregunta No 12-¿alguna vez le han irrespetado sus derechos como mujer y la Procuraduría le ha capacitado?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
21
14
NO
130
86
TOTAL
151
100

Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas 21 respondieron afirmativamente  mientras que 130 negativamente.

Interpretación.
Los resultados reflejan que 14.00% de las personas encuestadas manifiestan que se les ha irrespetado sus derechos como mujer y la  Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos  les ha capacitado, mientras que el 86.00% reflejan que nunca les ha capacitado dicha institución.





Cuadro Nº 13
Pregunta No 13-¿Considera usted que se le debe orientar a la mujer de mejor manera sobre los derechos al trabajo, integridad física, moral o psicológica e igualdad de oportunidades?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
143
95
NO
8
5
TOTAL
151
100

Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas 143 respondieron afirmativamente  mientras que  8 negativamente.

Interpretación.
Los resultados reflejan que 95.00% de las personas encuestadas manifiestan que se le debe orientar de mejor manera a la mujer  sobre el derecho al trabajo, integridad física moral y psicológica e igualdad de oportunidades, mientras que el 5.00% reflejan que no se debe orientar de mejor manera a la mujer.




Cuadro Nº 14
Pregunta No 14-¿Cree usted que el trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos es efectivo ante la violación de sus derechos?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
82
54
NO
69
46
TOTAL
151
100

Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas 82 respondieron afirmativamente  mientras que 69 negativamente.

Interpretación.
Los resultados reflejan que 54.00% de las personas encuestadas manifiestan que el trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos es efectivo ante la violación de los derechos de la mujer, mientras que el 46.00% reflejan que no es efectivo el trabajo realizado.




Cuadro Nº 15
Pregunta No 15-¿Considera que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos interviene efectivamente ante la violación de sus derechos?
PARÁMETRO
FRECUENCIA
%
SI
78
52
NO
73
48
TOTAL
151
100

Análisis.
Se observa que de 151 personas encuestadas  78 respondieron afirmativamente  mientras que 73  negativamente.

Interpretación.
Los resultados reflejan que 52.00% de las personas encuestadas consideran que la intervención por parte de la delegación de la Procuraduría de san Vicente si interviene efectivamente en los casos de violación a los derechos de la mujer, mientras que el 48.00% reflejan que no interviene adecuadamente dicha institución.




5.3 COMPROBACIÓN DE HIPÓTESIS.
       5.3.1 Hipótesis Específica Uno (HE1).
PREGUNTAS
FAVORABLES
DESFAVORABLES
Fr
Fr%
Fr
Fr%
6
¿Cree usted que se utilizan los suficientes medios para difundir los derechos humanos de la mujer?

53
35.00
98
65.00
7
¿Cree usted que la difusión de los derechos humanos de la mujer es la adecuada y se da en todos los sectores de nuestra sociedad?

48
32.00
103
68.00
8
¿Considera que la clase de información que provee la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos es la adecuada ante la violación de sus derechos humanos?

75
50.00
76
50.00
9
¿Conoce de sus derechos o se le ha preparado por otras Instituciones para actuar ante la violación a los mismos?

88
58.00
63
42.00
10
¿Considera usted que dando a  conocer a las mujeres sobre los derechos que posee se puede erradicar las violaciones a estos?

130
86.00
21
14.00
TOTAL
394
261.00
361
239.00
PORCENTAJE

52.00%

48.00%

Análisis
Se observa que de las personas encuestadas 394 mujeres respondieron afirmativamente a las primeras 5 interrogantes, mientras que 361 mujeres respondieron negativamente.
 Interpretación
Los resultados reflejan que el 52.00% de las personas encuestadas son las respuestas favorables a la Primera Hipótesis Especifica formulada el cual está por encima de la regla de decisión ya que el resultado sobrepasa el 51.00% por lo tanto la primera Hipótesis Especifica es ACEPTADA, pues el promedio de las respuestas negativas es de 48.00%. Por lo tanto los mecanismos de difusión  de los derechos humanos de las mujeres del municipio de San Vicente, utilizados por la delegación de la PDDH,  son determinantes para erradicar el irrespeto.



















    5.3.2 Hipótesis Específica Dos (HE2).
PREGUNTAS
FAVORABLES
DESFAVORABLES
Fr
Fr%
Fr
Fr%
11
¿Cree usted que  la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos debe proveer información adecuada  ante la violación de sus derechos humanos?

142
94.00
9
6.00
12
¿Alguna vez le han irrespetado sus derechos como mujer  y la Procuraduría le ha capacitado?

21
14.00
130
86.00
13
¿Considera usted que se le debe orientar a la mujer de mejor manera sobre los derechos al trabajo, integridad física, moral o psicológica e igualdad de oportunidades?

143
95.00
8
5.00
14
¿Cree usted que el trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos  es efectivo ante la violación de sus derechos?

82
54.00
69
46.00
15
¿Considera que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos  interviene efectivamente ante la violación de sus derechos?

78
52.00
73
48.00
TOTAL
466
309.00
289
191.00
PORCENTAJE

62.00%

38.00%

Análisis
Se observa que de las personas encuestadas 466 mujeres respondieron afirmativamente a las primeras 5 interrogantes, mientras que 289 mujeres respondieron negativamente.
Interpretación
Los resultados reflejan que el 62.00% de las personas encuestadas son las respuestas favorables a la Primera Hipótesis Especifica formulada el cual está por encima de la regla de decisión ya que el resultado sobrepasa el 51.00% por lo tanto la segunda Hipótesis Especifica es ACEPTADA, pues el promedio de las respuestas negativas es de 38.00%. Por lo tanto la información proporcionada por la PDDH influye en la disminución de las consecuencias en los casos de violación a los derechos como integridad física, moral y psicológica, derecho al trabajo y a la igualdad de oportunidades en la mujer del municipio de San Vicente.



















5.3.3 Hipótesis General (HG).
PREGUNTAS
FAVORABLES
DESFAVORABLES
Fr
Fr%
Fr
Fr%
1
¿Sabe cuál es la función de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y los proyectos que realiza?

55
64.00
96
36.00
2
¿Ha recibido usted atención por parte de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos en alguna violación a sus derechos?
129
85.00
22
15.00
3
¿Conoce las técnicas empleadas por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos en cuanto a los derechos como integridad física, moral o psicológica, derecho al trabajo e igualdad de oportunidades?

111
74.00
40
26.00
4
¿Cree usted que existe disminución de violaciones a los derechos humanos de las mujeres por la influencia del trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos?
82
46.00
69
54.00
5
¿Cree usted que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos ejerce el control en los casos de violación a sus derechos como mujer?
52
34.00
99
66.00
TOTAL
429
284.00
326
216.00
PORCENTAJE


57.00%

43.00%

Análisis
Se observa que de las personas encuestadas 429 mujeres respondieron afirmativamente a las primeras 5 interrogantes, mientras que 326 mujeres respondieron negativamente.
Interpretación
Los resultados reflejan que el 57.00% de las personas encuestadas son las respuestas favorables a la Hipótesis General formulada el cual está por encima de la regla de decisión ya que el resultado alcanza el 57.00% por lo tanto la Hipótesis General es ACEPTADA, pues el promedio de las respuestas negativas es de 43.00%. Por lo tanto la delegación de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, incide inadecuadamente en los casos de violación a los derechos de la mujer del municipio de San Vicente.


























CAPITULO VI
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.










6.1 CONCLUSIONES.
 En el presente trabajo de investigación se ha descrito y conceptualizado el problema de la incidencia de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, ante los casos de violación a los derechos de la mujer, tal como se presenta en la sociedad, tanto a través de la historia como en la actualidad y se ha  investigado las diferentes normativas jurídicas tanto nacionales como internacionales que buscan regular mejores condiciones de vida para la mujer y una adecuada protección a sus derechos constitucionales. Resultado de ello exponemos las siguientes conclusiones:

-La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos debe ejercer una mejor función ante los casos de violación a los derechos de la mujer, pues se ha observado que el 57.00% de las personas encuestadas respondieron que la procuraduría incide inadecuadamente, lo que afirma que dicha institución debe trabajar aun más,  para evitar de la mejor manera posible las violaciones a los derechos de la mujer. Mientras que el 43.00%, respondió negativamente a las interrogantes planteadas.
-Con la información obtenida en la que el 52% de las personas encuestadas respondieron afirmativamente se puede deducir una deficiencia en los mecanismos de difusión de los derechos humanos de la mujer salvadoreña y específicamente la mujer vicentina, ya que estás manifiestan que en su comunidad es muy poca la información proporcionada por el personal de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. Mientras que el 48.00%, respondieron negativamente lo cual  pone de manifiesto que la institución ha proporcionado la información pero no es suficiente para erradicar el irrespeto a los derechos de la mujer. En la medida que se pongan en práctica nuevas estrategias para solucionar está importante problemática, y así se erradicará por completo el irrespeto a los derechos de la mujer.
-Las mujeres encuestadas opinan que en la medida en que se den a conocer los derechos humanos de la mujer con eficacia, existirá una disminución, de lo contrario el ciclo de violencia continuará. Esta es la afirmación del 62.00%, por lo tanto la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos debe impulsar proyectos que permitan a la mujer conocer a fondo los derechos que según la ley le pertenecen.
















6.2 RECOMENDACIONES.
En el estudio que se llevo a cabo,  y después de obtener una información teórica doctrinaria jurisprudencial y practica sobre la desprotección a la que ha estado sujeta la mujer y en el avance que en la legislación  se ha logrado en las últimas décadas en beneficio de la mujer, se trata de brindar algún tipo de solución que lleven a incentivar al sector femenino para concientizar de la existencia de los derechos como derecho al trabajo, integridad física, moral y psicológica e igualdad de oportunidades, esto debe ir aparejado al buen funcionamiento de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, para reducir considerablemente la violación a los derechos de la mujer.
Con el objetivo de colaborar a superar la violación y la discriminación se proponen una serie de soluciones a las institución involucrada en la protección de los derechos de la mujer como derecho al trabajo, integridad física, moral y psicológica e igualdad de oportunidades, y aunque no se pretende que sean las mas correctas porque la verdad es cambiante si se espera que sirvan de parámetro para la búsqueda de las más viables y cada sector o institución se responsabilice de su propia función dentro del problema de la protección a los derechos de la mujer, y la erradicación de las violaciones a los derechos de las mismas.
Por tanto a través de la Universidad Panamericana se pretende implementar las medidas que a continuación se presentan:
-Es evidente que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, debe tratar de mejorar, la función que hasta este tiempo ha desarrollado en materia de derechos humanos de la mujer, por lo cual se propone una reforma al art. 12 inc 10 de la Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos a través de la implementación de medidas destinadas a frenar y erradicar el irrespeto a los derechos de la mujer con el objetivo primordial de prevenir las violaciones a los mismos.

-Que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos diseñe, dirija, asesore,  ejecute y coordine una política de información que pueda llegar a todos los sectores de la sociedad, tanto a hombres como mujeres, para lograr la prevención de la violación a los derechos de la mujer. Y una mejor asesoría en caso que tales derechos ya hayan sido violentados.
-Que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos garantice con eficacia el respeto de los derechos de la mujer salvadoreña y específicamente de la mujer vicentina y de esa manera evitar las violaciones a los mismos.
























CAPITULO VII
PROPUESTA TÉCNICA.
















7.1       PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY DE LA PROCURADURÍA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS.














7.1.1  PROYECTO: INCIDENCIA DE LA PROCURADURÍA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS ANTE LOS CASOS DE VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE LA MUJER EN EL MUNICIPIO DE SAN VICENTE DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE, PERIODO COMPRENDIDO DE ENERO A AGOSTO DE DOS MIL NUEVE.














7.1.2     OBJETIVOS DE LA PROPUESTA:

OBJETIVO GENERAL:
La presente propuesta tiene como fin primordial facilitar el acceso a la sociedad en general a la información jurisprudencial, colaborar en la labor de autocrítica de las personas en general, con la finalidad de contribuir al fortalecimiento del Estado de Derecho.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
a.    Sistematizar y difundir los derechos de la mujer a nivel educacional para la eliminación de la violencia contra la mujer condición indispensable para su desarrollo individual y social y su plena e igualitaria participación en todas las esferas de la vida.

b.    Facilitar el acceso a la sociedad en general, a  la información sobre los derechos al trabajo, integridad física moral y psicológica e igualdad de oportunidades por medio de publicaciones, en los diferentes medios de comunicación.      













7.1.3     DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA:
La propuesta técnica que se presenta, consiste en la modificación del Artículo 12 inc. 10 De la Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, con el fin de mejorar la calidad y el cumplimiento de los derechos de la mujer; y que la PDDH, tome la iniciativa para evitar la grave manifestación de violencia contra la mujer Salvadoreña y específicamente contra la mujer del Municipio de San Vicente, Departamento de San Vicente. Siendo esta la única beneficiaria con nuestro planteamiento.
La fundamentación de la propuesta que se presenta está contemplada en el Art. 2 de la Constitución de la República de El Salvador, el cual establece “Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos”, y en el Art. 3 de la misma norma que manifiesta que tanto hombres como mujeres son iguales ante la ley para el goce de sus derechos. Por tanto mediante ala investigación realizada se pretende que a la mujer se le respeten estos derechos protegidos tanto por la Constitución, las leyes secundarias y los tratados internacionales ratificados por la Asamblea Legislativa.







7.1.4     JUSTIFICACIÓN.
La mujer durante mucho tiempo ha sufrido diversas violaciones a  derechos como el trabajo, integridad física moral y psicológica e igualdad de oportunidades, dentro de los distintos ámbitos ya sea  social, familiar y laboral.
La violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades, específicamente en los derechos al trabajo, integridad física, psicológica y moral e la igualdad de oportunidades impulsa a nuestro país, demande crear confianza en toda la sociedad.
Con el fin de alcanzar la disminución de la violación a los derechos humanos de la mujer y una mejor educación en cuanto al sector femenino dentro de  la familia salvadoreña, mediante la adopción de disposiciones legales de ejecución inmediata, que garanticen a todas las mujeres de la República el desarrollo pleno de sus actividades en un ambiente de armonía, respeto y confianza para todos los sectores sociales, aunque es de reconocer que para lograr la plena igualdad entre el hombre y la mujer es necesario modificar el papel tradicional tanto del hombre como de la mujer en la sociedad y en la familia.
Es precisamente por ello que el equipo de trabajo, basado en la investigación propone una mejor orientación para terminar con la violencia a los derechos de la  mujer, pues a pesar de las diversas leyes y tratados que protegen los derechos de la mujer, hace falta generar una cultura de información; para prevenir y disminuir la violencia contra la mujer.
Por lo cual existe la necesidad de plantear una alternativa, para concientizar a la población de la falta de información existente en la sociedad, referente a los derechos humanos  de la mujer.

7.1.5     ANÁLISIS COMPARATIVO ENTRE EL MODELO ACTUAL Y LA PROPUESTA PRESENTADA.
MODELO ACTUAL
MODELO PROPUESTO
Art. 12
Inc. 10) Promover y proponer las medidas que estime necesarias en orden a prevenir violaciones a los derechos humanos.
Art. 12
Inc. 10) Promover y proponer las medidas que estime necesarias en orden a prevenir violaciones a los derechos humanos; y
Proponer medidas para frenar y erradicar la cultura de violencia contra la mujer, y además combatir las actitudes discriminatorias o diversas formas de violencia.










7.1.6     ESTRATEGIAS PARA DESARROLLAR LA PROPUESTA.

a)    Asegurar que las personas involucradas en el proceso de recibir denuncias de violación a los derechos de la mujer, hayan realizado la capacitación necesaria para atender a las víctimas en forma apropiada.

b)    Incluir en los programas educativos información sobre los derechos de la mujer y de esta forma erradicar el irrespeto a los derechos de la mujer desde sus inicios.


























7.1.7     DENOMINACIÓN DE LA PROPUESTA COMO PROYECTO DE DESARROLLO.


Ø  VARIABLE X:
Proponer medidas para frenar y erradicar la cultura de violencia contra la mujer, y además combatir las actitudes discriminatorias o diversas formas de violencia.

Ø  VARIABLE Y:
Alcanzar la disminución de la violación a los derechos humanos de la mujer. Una mejor educación en cuanto a sus derechos, que se les garantice el desarrollo pleno de sus actividades en un ambiente de armonía, respeto y confianza. Lograr una plena y verdadera igualdad entre el hombre y la mujer  modificando el papel tradicional de la mujer en la sociedad.














7.2 ANTEPROYECTO DE REFORMA.
Decreto Nº_________
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR.
CONSIDERANDO:
I-             Que la actual Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, represento un adelanto dentro de la materia de los derechos humanos, y una concordancia con la Constitución de la República de El Salvador, pero aun le falta atender con más eficacia los derechos de la mujer.
II-            Que los Estados democráticos de Derecho, se han visto en la necesidad de adecuar sus normativas, sobre los derechos humanos de la mujer, a fin de resolver los conflictos sociales que ponen en peligro la integridad y el bienestar de la mujer y así crear una norma más efectiva sobre los derechos de la mujer.
III-           Que con el objeto de orientar la Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, dentro de una concepción más garantista de los derechos de la mujer  para restringir la violencia y una amplia protección a esta, se constituye un instrumento eficaz para combatir las violaciones.
POR TANTO,
Art. 12
10) Promover y proponer las medidas que estime necesarias en orden a prevenir violaciones a los derechos humanos; y
Proponer medidas para frenar y erradicar la cultura de violencia contra la mujer, y además combatir las actitudes discriminatorias o diversas formas de violencia.




BIBLIOGRAFÍA

LEY PRIMARIA.
·         Constitución de la República de El Salvador, creada mediante decreto constituyente del 15 de Diciembre de 1983, publicación en el Diario Oficial numero 234, Tomo 281, del 16 de Diciembre de 1983.
LEYES SECUNDARIAS.
·         Código de Familia, aprobado según decreto legislativo 677 del 11 de Octubre de 1993 y publicado en el Diario Oficial numero 231, Tomo 321 del 13 de Diciembre de 1993.
·         Ley Contra la Violencia Intrafamiliar, aprobada según decreto legislativo 902, del 28 de Noviembre de 1996 y publicado en el Diario Oficial numero 241, Tomo 333, del 20 de Diciembre de 1996.
·         Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, y los proyectos que realiza dicha institución para la defensa de los derechos de la mujer.
TRATADOS INTERNACIONALES O CONVENCIONES SOBRE LOS DERECHOS DE LA MUJER RATIFICADOS POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA.
·         Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979), la cual fue ratificada por El Salvador por medio del Decreto Legislativo No. 705 de 2 de junio de 1981. Publicada en el Diario Oficial No. 105 de 9 de junio de 1981.
·         Convenios 100 y 101 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativos a la discriminación. Decreto Legislativo No. 78 del 14 de julio de 1994. D.O. No. 157 de 26 de agosto de 1994. 
·         Declaración final de la IV Conferencia Mundial de la Mujer (Beijing 1995). Suscrita por El Salvador en el mismo año de 1995.
·         Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer (1948). Decreto Legislativo No. 123 de 17 de enero de 1951. Diario Oficial No. 45 de 6 marzo de 1951.
·         Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer (1948). Decreto Legislativo No. 124 de 17 de enero de 1951. Diario Oficial No. 45 de 6 marzo de 1951.
·         Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará) (1994). Decreto Legislativo No. 430 de 23 agosto de 1995. Diario  Oficial No. 154 de 23 de agosto de 1995.
LIBROS CITADOS.
·         Antonio de León Pinelo. "Velos antiguos y modernos en los rostros de las mujeres: sus conveniencias y daños". Autor citado por la pagina  www.monografías.com.

·         Ibídem, citado por la pagina www.monografías.com.
·         Carlos Cañas Dinarte. "Las mujeres en la independencia". S/r. Libro citado por la pagina www.monografías.com

·         Corte Suprema de Justicia “Al encuentro con nuestro pensamiento jurídico”-  pórtico 6, ejemplar numero 2.
·         Julián Marías “la mujer en el siglo XX” autor citado por la pagina www.monografías.com


RESOLUCIONES DE LA PROCURADURÍA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS
·         Expediente 01-0644-03.
Caso señora América Paola García Calderón  y Yansi Maribel García de Acosta, víctimas de violaciones a sus derechos humanos por parte de la Alcaldía de Municipal de Ayutuxtepeque.
·         Expedientes 01-1715-00, LL- 0684-00, 01-0159-01, 1-0354-01, 01-1224-01, 01-1231-01 y 01-1336-01.
Violación a los derechos de mujeres que trabajan dentro de la Policía Nacional Civil.

·         Expediente SS-3552-99.
Caso de Violación y Homicidio de la Menor Katya Natalia Miranda Jiménez.


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