CAPITULO V
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS.
|
|
Fr: Frecuencia porcentual
N: Total de datos
X: Total de
respuestas.
|
5.1 Tabla Nº 1: presentación de datos.
|
No
|
PREGUNTA
|
PARÁMETRO
|
FR
|
%
|
%
|
||
|
Si
|
No
|
||||||
|
1
|
¿Sabe cuál es la
función de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y los
proyectos que realiza?
|
Si
|
No
|
55
|
96
|
36
|
64
|
|
2
|
¿Ha recibido usted
atención por parte de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos
en alguna violación a sus derechos?
|
Si
|
No
|
129
|
22
|
85
|
15
|
|
3
|
¿Conoce las técnicas
empleadas por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos en
cuanto a los derechos como integridad física, moral o psicológica, derecho al
trabajo e igualdad de oportunidades?
|
Si
|
No
|
111
|
40
|
74
|
26
|
|
4
|
¿Cree
usted que existe disminución de violaciones a los derechos humanos de las
mujeres por la influencia del trabajo realizado por la Procuraduría para la
Defensa de los Derechos Humanos?
|
Si
|
No
|
82
|
69
|
54
|
46
|
|
5
|
¿Cree
usted que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos ejerce el
control en los casos de violación a sus derechos como mujer?
|
Si
|
No
|
52
|
99
|
34
|
66
|
|
6
|
¿Cree usted que se
utilizan los suficientes medios para difundir los derechos humanos de la
mujer?
|
Si
|
No
|
53
|
98
|
35
|
65
|
|
7
|
¿Cree usted que la
difusión de los derechos humanos de la mujer es la adecuada y se da en todos
los sectores de nuestra sociedad?
|
Si
|
No
|
48
|
103
|
32
|
68
|
|
8
|
¿Considera que la
clase de información que provee la Procuraduría para la Defensa de los
Derechos Humanos es la adecuada ante la violación de sus derechos humanos?
|
Si
|
No
|
75
|
76
|
50
|
50
|
|
9
|
¿Conoce de sus
derechos o se le ha preparado por otras Instituciones para actuar ante la
violación a los mismos?
|
Si
|
No
|
88
|
63
|
58
|
42
|
|
10
|
¿Considera usted que
dando a conocer a las mujeres sobre
los derechos que posee se puede erradicar las violaciones a estos?
|
Si
|
No
|
130
|
21
|
86
|
14
|
|
11
|
¿Cree usted que la Procuraduría para la Defensa de los
Derechos Humanos debe proveer información adecuada ante la violación de sus derechos humanos?
|
Si
|
No
|
142
|
9
|
94
|
6
|
|
12
|
¿Alguna vez le han
irrespetado sus derechos como mujer y
la Procuraduría le ha capacitado?
|
Si
|
No
|
21
|
130
|
14
|
86
|
|
13
|
¿Considera usted que
se le debe orientar a la mujer de mejor manera sobre los derechos al trabajo,
integridad física, moral o psicológica e igualdad de oportunidades?
|
Si
|
No
|
143
|
8
|
95
|
5
|
|
14
|
¿Cree usted que el
trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos
Humanos es efectivo ante la violación
de sus derechos?
|
Si
|
No
|
82
|
69
|
54
|
46
|
|
15
|
¿Considera que la
Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos interviene efectivamente ante la violación de
sus derechos?
|
Si
|
No
|
78
|
73
|
52
|
48
|
|
TOTAL
|
1289
|
976
|
57%
|
43%
|
|||
5.2 Análisis e
interpretación de resultados.
Cuadro Nº 1.
|
Pregunta No 1-¿Sabe cuál
es la función de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y
los proyectos que realiza?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
55
|
36
|
|
|
NO
|
96
|
64
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas
55 respondieron afirmativamente
mientras que 96 negativamente.
|
Interpretación.
Por los resultados obtenidos se puede observar
que el 36.00% manifiesta saber cuál es la función de la Procuraduría para la
Defensa de los Derechos Humanos y los proyectos que realiza dicha
institución, por lo que el resultado ha sido desfavorable, pues el 64.00% reflejan
que no.
|
||
![]() |
|||
Cuadro Nº 2
|
Pregunta No 2-¿Ha recibido
usted atención por parte de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos
Humanos en alguna violación a sus derechos?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
129
|
85
|
|
|
NO
|
22
|
15
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas
129 respondieron afirmativamente
mientras que 22 negativamente.
|
Interpretación.
Por los resultados obtenidos se deduce que el 85.00% de las respuestas son favorables ya que manifiestan haber recibido atención
por parte de la Procuraduría para la
Defensa de los Derechos Humanos, mientras que el 15.00%
no han recibido atención
|
||
![]() |
|||
Cuadro Nº 3.
|
Pregunta No 3- ¿Conoce las
técnicas empleadas por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos
Humanos en cuanto a los derechos como integridad física, moral o psicológica,
derecho al trabajo e igualdad de oportunidades?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
111
|
74
|
|
|
NO
|
40
|
26
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas
111 respondieron afirmativamente
mientras que 40 negativamente.
|
Interpretación.
Por los resultados obtenidos se deduce que el 74.00% de las personas encuestadas conoce las
técnicas empleadas por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos
Humanos en cuanto a los derechos como integridad física, moral y psicológica,
derecho al trabajo e igualdad de oportunidades, mientras que el 26.00%
no conocen las técnicas empleadas por la institución.
|
||
![]() |
|||
Cuadro Nº 4.
|
Pregunta No 4-¿Cree usted
que existe disminución de violaciones a los derechos humanos de las mujeres
por la influencia del trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa
de los Derechos Humanos?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
82
|
54
|
|
|
NO
|
69
|
46
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas
82 respondieron afirmativamente
mientras que 69 negativamente.
|
Interpretación.
Por los resultados obtenidos se puede observar
que el 54.00% manifiesta que existe disminución a las violaciones a los
derechos de la mujer por la influencia
del trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos
Humanos, mientras que el 46.00% reflejan que no han disminuido las violaciones.
|
||
![]() |
|||
Cuadro Nº 5
|
Pregunta No 5-¿Cree usted
que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos ejerce el control
en los casos de violación a sus derechos como mujer?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
52
|
34
|
|
|
NO
|
99
|
66
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas
52 respondieron
afirmativamente mientras que 99
negativamente.
|
Interpretación.
Por los resultados obtenidos se puede observar
que el 66.00% manifiesta que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos
Humanos ejerce control en los casos de violación a los derechos de la mujer,
mientras que el 34.00% reflejan que no
han disminuido las violaciones.
|
||
![]() |
|||
Cuadro Nº 6.
|
Pregunta No 6-¿Cree usted que se utilizan los
suficientes medios para difundir los derechos humanos de la mujer?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
53
|
35
|
|
|
NO
|
98
|
65
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas
53 respondieron afirmativamente
mientras que 98 negativamente.
|
Interpretación.
Por los resultados obtenidos se puede observar
que el 35.00% manifiesta que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos
Humanos utiliza los medios suficientes para difundir los derechos de la
mujer, mientras que el 65.00% reflejan que no
se utilizan actualmente los medios necesarios
|
||
![]() |
|||
Cuadro Nº 7.
|
Pregunta No 7-¿Cree usted
que la difusión de los derechos humanos de la mujer es la adecuada y se da en
todos los sectores de nuestra sociedad?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
48
|
32
|
|
|
NO
|
103
|
68
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas
48 respondieron afirmativamente
mientras que 103 negativamente.
|
Interpretación.
Los resultados reflejan que
32.00% de las personas encuestadas manifiestan que la Procuraduría para la
Defensa de los Derechos Humanos ejerce una difusión adecuada de los derechos
humanos y que se da en todos los sectores de nuestra sociedad, mientras que
el 68.00% reflejan que no es adecuada
la difusión de los derechos de la mujer.
|
||
![]() |
|||
Cuadro
Nº 8
|
Pregunta No 8-¿Considera
que la clase de información que provee la Procuraduría para la Defensa de los
Derechos Humanos es la adecuada ante la violación de sus derechos humanos?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
75
|
50
|
|
|
NO
|
76
|
50
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas
75 respondieron afirmativamente
mientras que 76 negativamente.
|
Interpretación.
Los
resultados reflejan que 50.00% de las personas
encuestadas manifiestan que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos
Humanos provee una información adecuada ante la violación a los derechos
humanos de la mujer, mientras que el 50.00% reflejan que no es una información adecuada.
|
||
![]() |
|||
Cuadro
Nº 9
|
Pregunta
No 9-¿conoce sus derechos o se le ha preparado por otras instituciones para
actuar ante la violación de los mismos?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
88
|
58
|
|
|
NO
|
63
|
42
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas 88 respondieron afirmativamente mientras que 63 negativamente.
|
Interpretación.
Los
resultados reflejan que 58.00% de las personas encuestadas manifiestan que
conoce de sus derechos o se le ha preparado por otras instituciones para
actuar ante las violaciones a sus derechos, mientras que el 42.00% reflejan
que no conocen de sus derechos.
|
||
![]() |
|||
Cuadro Nº 10
|
Pregunta No 10-¿considera usted que dando a conocer a
las mujeres sobre los derechos que posee se puede erradicar las violaciones a
estos?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
130
|
86
|
|
|
NO
|
21
|
14
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas 130 respondieron afirmativamente mientras que 21 negativamente.
|
Interpretación.
Los
resultados reflejan que 86.00% de las personas encuestadas manifiestan que
dando a conocer a las mujeres sobre los derechos que posee se puede erradicar
las violaciones a los mismos, mientras que el 14.00% reflejan que no se puede erradicar las violaciones.
|
||
![]() |
|||
Cuadro Nº 11
|
Pregunta No 11-¿cree usted
que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos debe proveer información adecuada ante la violación a
sus derechos humanos?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
142
|
94
|
|
|
NO
|
9
|
6
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas 142 respondieron afirmativamente mientras que 9 negativamente.
|
Interpretación.
Los
resultados reflejan que 94.00% de las personas encuestadas manifiestan que la
Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos debe proveer información
adecuada ante la violación a los derechos de la mujer, mientras que el 6.00%
reflejan que no.
|
||
![]() |
|||
Cuadro Nº 12
|
Pregunta No 12-¿alguna vez
le han irrespetado sus derechos como mujer y la Procuraduría le ha
capacitado?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
21
|
14
|
|
|
NO
|
130
|
86
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas 21 respondieron afirmativamente mientras que 130 negativamente.
|
Interpretación.
Los
resultados reflejan que 14.00% de las personas encuestadas manifiestan que se
les ha irrespetado sus derechos como mujer y la Procuraduría para la Defensa de los
Derechos Humanos les ha capacitado,
mientras que el 86.00% reflejan que nunca les ha capacitado dicha
institución.
|
||
![]() |
|||
Cuadro Nº 13
|
Pregunta No 13-¿Considera
usted que se le debe orientar a la mujer de mejor manera sobre los derechos
al trabajo, integridad física, moral o psicológica e igualdad de
oportunidades?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
143
|
95
|
|
|
NO
|
8
|
5
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas 143 respondieron afirmativamente mientras que 8 negativamente.
|
Interpretación.
Los
resultados reflejan que 95.00% de las personas encuestadas manifiestan que se
le debe orientar de mejor manera a la mujer
sobre el derecho al trabajo, integridad física moral y psicológica e
igualdad de oportunidades, mientras que el 5.00% reflejan que no se debe
orientar de mejor manera a la mujer.
|
||
![]() |
|||
Cuadro Nº 14
|
Pregunta No 14-¿Cree usted
que el trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos
Humanos es efectivo ante la violación de sus derechos?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
82
|
54
|
|
|
NO
|
69
|
46
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas 82 respondieron afirmativamente mientras que 69 negativamente.
|
Interpretación.
Los
resultados reflejan que 54.00% de las personas encuestadas manifiestan que el
trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos
es efectivo ante la violación de los derechos de la mujer, mientras que el
46.00% reflejan que no es efectivo el trabajo realizado.
|
||
![]() |
|||
Cuadro Nº 15
|
Pregunta No 15-¿Considera
que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos interviene
efectivamente ante la violación de sus derechos?
|
|||
|
PARÁMETRO
|
FRECUENCIA
|
%
|
|
|
SI
|
78
|
52
|
|
|
NO
|
73
|
48
|
|
|
TOTAL
|
151
|
100
|
|
|
Análisis.
Se
observa que de 151 personas encuestadas
78 respondieron afirmativamente
mientras que 73 negativamente.
|
Interpretación.
Los
resultados reflejan que 52.00% de las personas encuestadas consideran que la
intervención por parte de la delegación de la Procuraduría de san Vicente si
interviene efectivamente en los casos de violación a los derechos de la
mujer, mientras que el 48.00% reflejan que no interviene adecuadamente dicha
institución.
|
||
![]() |
|||
5.3 COMPROBACIÓN DE HIPÓTESIS.
5.3.1
Hipótesis Específica Uno (HE1).
|
PREGUNTAS
|
FAVORABLES
|
DESFAVORABLES
|
|||
|
Fr
|
Fr%
|
Fr
|
Fr%
|
||
|
6
|
¿Cree
usted que se utilizan los suficientes medios para difundir los derechos
humanos de la mujer?
|
53
|
35.00
|
98
|
65.00
|
|
7
|
¿Cree
usted que la difusión de los derechos humanos de la mujer es la adecuada y se
da en todos los sectores de nuestra sociedad?
|
48
|
32.00
|
103
|
68.00
|
|
8
|
¿Considera
que la clase de información que provee la Procuraduría para la Defensa de los
Derechos Humanos es la adecuada ante la violación de sus derechos humanos?
|
75
|
50.00
|
76
|
50.00
|
|
9
|
¿Conoce
de sus derechos o se le ha preparado por otras Instituciones para actuar ante
la violación a los mismos?
|
88
|
58.00
|
63
|
42.00
|
|
10
|
¿Considera
usted que dando a conocer a las
mujeres sobre los derechos que posee se puede erradicar las violaciones a
estos?
|
130
|
86.00
|
21
|
14.00
|
|
TOTAL
|
394
|
261.00
|
361
|
239.00
|
|
|
PORCENTAJE
|
|
52.00%
|
|
48.00%
|
|
Análisis
Se
observa que de las personas encuestadas 394 mujeres respondieron
afirmativamente a las primeras 5 interrogantes, mientras que 361 mujeres
respondieron negativamente.
Interpretación
Los
resultados reflejan que el 52.00% de las personas encuestadas son las
respuestas favorables a la Primera Hipótesis Especifica formulada el cual está
por encima de la regla de decisión ya que el resultado sobrepasa el 51.00% por
lo tanto la primera Hipótesis Especifica es ACEPTADA, pues el promedio
de las respuestas negativas es de 48.00%. Por lo tanto los mecanismos de
difusión de los derechos humanos de las
mujeres del municipio de San Vicente, utilizados por la delegación de la PDDH, son determinantes para erradicar el
irrespeto.
5.3.2 Hipótesis Específica Dos (HE2).
|
PREGUNTAS
|
FAVORABLES
|
DESFAVORABLES
|
|||
|
Fr
|
Fr%
|
Fr
|
Fr%
|
||
|
11
|
¿Cree
usted que la Procuraduría para la
Defensa de los Derechos Humanos debe proveer información adecuada ante la violación de sus derechos humanos?
|
142
|
94.00
|
9
|
6.00
|
|
12
|
¿Alguna
vez le han irrespetado sus derechos como mujer y la Procuraduría le ha capacitado?
|
21
|
14.00
|
130
|
86.00
|
|
13
|
¿Considera
usted que se le debe orientar a la mujer de mejor manera sobre los derechos
al trabajo, integridad física, moral o psicológica e igualdad de
oportunidades?
|
143
|
95.00
|
8
|
5.00
|
|
14
|
¿Cree
usted que el trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de los
Derechos Humanos es efectivo ante la
violación de sus derechos?
|
82
|
54.00
|
69
|
46.00
|
|
15
|
¿Considera
que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos interviene efectivamente ante la violación
de sus derechos?
|
78
|
52.00
|
73
|
48.00
|
|
TOTAL
|
466
|
309.00
|
289
|
191.00
|
|
|
PORCENTAJE
|
|
62.00%
|
|
38.00%
|
|
Análisis
Se
observa que de las personas encuestadas 466 mujeres respondieron
afirmativamente a las primeras 5 interrogantes, mientras que 289 mujeres
respondieron negativamente.
Interpretación
Los
resultados reflejan que el 62.00% de las personas encuestadas son las
respuestas favorables a la Primera Hipótesis Especifica formulada el cual está
por encima de la regla de decisión ya que el resultado sobrepasa el 51.00% por
lo tanto la segunda Hipótesis Especifica es ACEPTADA, pues el promedio
de las respuestas negativas es de 38.00%. Por lo tanto la información
proporcionada por la PDDH influye en la disminución de las consecuencias en los
casos de violación a los derechos como integridad física, moral y psicológica,
derecho al trabajo y a la igualdad de oportunidades en la mujer del municipio
de San Vicente.
5.3.3 Hipótesis
General (HG).
|
PREGUNTAS
|
FAVORABLES
|
DESFAVORABLES
|
|||
|
Fr
|
Fr%
|
Fr
|
Fr%
|
||
|
1
|
¿Sabe cuál es la
función de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y los
proyectos que realiza?
|
55
|
64.00
|
96
|
36.00
|
|
2
|
¿Ha recibido usted
atención por parte de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos
en alguna violación a sus derechos?
|
129
|
85.00
|
22
|
15.00
|
|
3
|
¿Conoce las técnicas
empleadas por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos en
cuanto a los derechos como integridad física, moral o psicológica, derecho al
trabajo e igualdad de oportunidades?
|
111
|
74.00
|
40
|
26.00
|
|
4
|
¿Cree usted que
existe disminución de violaciones a los derechos humanos de las mujeres por
la influencia del trabajo realizado por la Procuraduría para la Defensa de
los Derechos Humanos?
|
82
|
46.00
|
69
|
54.00
|
|
5
|
¿Cree usted que la
Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos ejerce el control en los
casos de violación a sus derechos como mujer?
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52
|
34.00
|
99
|
66.00
|
|
TOTAL
|
429
|
284.00
|
326
|
216.00
|
|
|
PORCENTAJE
|
|
57.00%
|
|
43.00%
|
|
Análisis
Se
observa que de las personas encuestadas 429 mujeres respondieron
afirmativamente a las primeras 5 interrogantes, mientras que 326 mujeres
respondieron negativamente.
Interpretación
Los
resultados reflejan que el 57.00% de las personas encuestadas son las
respuestas favorables a la Hipótesis General formulada el cual está por encima
de la regla de decisión ya que el resultado alcanza el 57.00% por lo tanto la
Hipótesis General es ACEPTADA, pues el promedio de las respuestas
negativas es de 43.00%. Por lo tanto la delegación de la Procuraduría para la
Defensa de los Derechos Humanos, incide inadecuadamente en los casos de
violación a los derechos de la mujer del municipio de San Vicente.
CAPITULO
VI
CONCLUSIONES
Y RECOMENDACIONES.
6.1 CONCLUSIONES.
En el presente
trabajo de investigación se ha descrito y conceptualizado el problema de la
incidencia de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, ante los
casos de violación a los derechos de la mujer, tal como se presenta en la
sociedad, tanto a través de la historia como en la actualidad y se ha investigado las diferentes normativas
jurídicas tanto nacionales como internacionales que buscan regular mejores
condiciones de vida para la mujer y una adecuada protección a sus derechos
constitucionales. Resultado de ello exponemos las siguientes conclusiones:
-La
Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos debe ejercer una mejor
función ante los casos de violación a los derechos de la mujer, pues se ha
observado que el 57.00% de las personas encuestadas respondieron que la
procuraduría incide inadecuadamente, lo que afirma que dicha institución debe
trabajar aun más, para evitar de la
mejor manera posible las violaciones a los derechos de la mujer. Mientras que
el 43.00%, respondió negativamente a las interrogantes planteadas.
-Con
la información obtenida en la que el 52% de las personas encuestadas
respondieron afirmativamente se puede deducir una deficiencia en los mecanismos
de difusión de los derechos humanos de la mujer salvadoreña y específicamente
la mujer vicentina, ya que estás manifiestan que en su comunidad es muy poca la
información proporcionada por el personal de la Procuraduría para la Defensa de
los Derechos Humanos. Mientras que el 48.00%, respondieron negativamente lo
cual pone de manifiesto que la
institución ha proporcionado la información pero no es suficiente para
erradicar el irrespeto a los derechos de la mujer. En la medida que se pongan
en práctica nuevas estrategias para solucionar está importante problemática, y
así se erradicará por completo el irrespeto a los derechos de la mujer.
-Las
mujeres encuestadas opinan que en la medida en que se den a conocer los
derechos humanos de la mujer con eficacia, existirá una disminución, de lo
contrario el ciclo de violencia continuará. Esta es la afirmación del 62.00%,
por lo tanto la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos debe
impulsar proyectos que permitan a la mujer conocer a fondo los derechos que
según la ley le pertenecen.
6.2 RECOMENDACIONES.
En
el estudio que se llevo a cabo, y
después de obtener una información teórica doctrinaria jurisprudencial y
practica sobre la desprotección a la que ha estado sujeta la mujer y en el
avance que en la legislación se ha
logrado en las últimas décadas en beneficio de la mujer, se trata de brindar
algún tipo de solución que lleven a incentivar al sector femenino para
concientizar de la existencia de los derechos como derecho al trabajo,
integridad física, moral y psicológica e igualdad de oportunidades, esto debe
ir aparejado al buen funcionamiento de la Procuraduría para la Defensa de los
Derechos Humanos, para reducir considerablemente la violación a los derechos de
la mujer.
Con
el objetivo de colaborar a superar la violación y la discriminación se proponen
una serie de soluciones a las institución involucrada en la protección de los
derechos de la mujer como derecho al trabajo, integridad física, moral y
psicológica e igualdad de oportunidades, y aunque no se pretende que sean las mas
correctas porque la verdad es cambiante si se espera que sirvan de parámetro
para la búsqueda de las más viables y cada sector o institución se
responsabilice de su propia función dentro del problema de la protección a los
derechos de la mujer, y la erradicación de las violaciones a los derechos de
las mismas.
Por
tanto a través de la Universidad Panamericana se pretende implementar las
medidas que a continuación se presentan:
-Es
evidente que la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, debe tratar
de mejorar, la función que hasta este tiempo ha desarrollado en materia de
derechos humanos de la mujer, por lo cual se propone una reforma al art. 12 inc
10 de la Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos a
través de la implementación de medidas destinadas a frenar y erradicar el
irrespeto a los derechos de la mujer con el objetivo primordial de prevenir las
violaciones a los mismos.
-Que
la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos diseñe, dirija,
asesore, ejecute y coordine una política
de información que pueda llegar a todos los sectores de la sociedad, tanto a
hombres como mujeres, para lograr la prevención de la violación a los derechos
de la mujer. Y una mejor asesoría en caso que tales derechos ya hayan sido violentados.
-Que
la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos garantice con eficacia
el respeto de los derechos de la mujer salvadoreña y específicamente de la
mujer vicentina y de esa manera evitar las violaciones a los mismos.
CAPITULO
VII
PROPUESTA TÉCNICA.
7.1
PROPUESTA
DE REFORMA A LA LEY DE LA PROCURADURÍA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS.
7.1.1 PROYECTO: INCIDENCIA DE LA
PROCURADURÍA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS ANTE LOS CASOS DE
VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE LA MUJER EN EL MUNICIPIO DE SAN VICENTE
DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE, PERIODO COMPRENDIDO DE ENERO A AGOSTO DE DOS MIL
NUEVE.
7.1.2
OBJETIVOS
DE LA PROPUESTA:
OBJETIVO GENERAL:
La
presente propuesta tiene como fin primordial facilitar el acceso a la sociedad
en general a la información jurisprudencial, colaborar en la labor de
autocrítica de las personas en general, con la finalidad de contribuir al
fortalecimiento del Estado de Derecho.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
a. Sistematizar
y difundir los derechos de la mujer a nivel educacional para la eliminación de la violencia contra la mujer condición
indispensable para su desarrollo individual y social y su plena e igualitaria
participación en todas las esferas de la vida.
b.
Facilitar el acceso a la
sociedad en general, a la información sobre los derechos al trabajo,
integridad física moral y psicológica e igualdad de oportunidades por medio de
publicaciones, en los diferentes medios de comunicación.
7.1.3
DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA:
La propuesta técnica que se presenta,
consiste en la modificación del Artículo 12 inc. 10 De la Ley de la
Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, con el fin de mejorar la
calidad y el cumplimiento de los derechos de la mujer; y que la PDDH, tome la
iniciativa para evitar la grave manifestación de violencia contra la mujer
Salvadoreña y específicamente contra la mujer del Municipio de San Vicente,
Departamento de San Vicente. Siendo esta la única beneficiaria con nuestro
planteamiento.
La fundamentación de la propuesta que se presenta está contemplada
en el Art. 2 de la Constitución de la República de El Salvador, el cual
establece “Toda persona
tiene derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la
seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegida en la conservación
y defensa de los mismos”, y en el Art. 3 de la misma norma que manifiesta que
tanto hombres como mujeres son iguales ante la ley para el goce de sus
derechos. Por tanto mediante ala investigación realizada se pretende que a la
mujer se le respeten estos derechos protegidos tanto por la Constitución, las
leyes secundarias y los tratados internacionales ratificados por la Asamblea
Legislativa.
7.1.4
JUSTIFICACIÓN.
La mujer durante mucho tiempo ha
sufrido diversas violaciones a derechos
como el trabajo, integridad física moral y psicológica e igualdad de
oportunidades, dentro de los distintos ámbitos ya sea social, familiar y laboral.
La
violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y
las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el
reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades, específicamente en los derechos al
trabajo, integridad física, psicológica y moral e la igualdad de oportunidades
impulsa a nuestro país, demande crear confianza en toda la sociedad.
Con el fin de alcanzar la disminución
de la violación a los derechos humanos de la mujer y una mejor educación en
cuanto al sector femenino dentro de la familia
salvadoreña, mediante la adopción de disposiciones legales de ejecución
inmediata, que garanticen a todas las mujeres de la República el desarrollo
pleno de sus actividades en un ambiente de armonía, respeto y confianza para
todos los sectores sociales, aunque es de reconocer que para lograr
la plena igualdad entre el hombre y la mujer es necesario modificar el papel
tradicional tanto del hombre como de la mujer en la sociedad y en la familia.
Es precisamente por ello que el equipo
de trabajo, basado en la investigación propone una mejor orientación para
terminar con la violencia a los derechos de la
mujer, pues a pesar de las diversas leyes y tratados que protegen los
derechos de la mujer, hace falta generar una cultura de información; para
prevenir y disminuir la violencia contra la mujer.
Por lo cual existe la necesidad de
plantear una alternativa, para concientizar a la población de la falta de
información existente en la sociedad, referente a los derechos humanos de la mujer.
7.1.5
ANÁLISIS COMPARATIVO ENTRE EL MODELO
ACTUAL Y LA PROPUESTA PRESENTADA.
|
MODELO ACTUAL
|
MODELO PROPUESTO
|
|
Art. 12
Inc. 10)
Promover y proponer las medidas que estime necesarias en orden a prevenir
violaciones a los derechos humanos.
|
Art. 12
Inc. 10)
Promover y proponer las medidas que estime necesarias en orden a prevenir
violaciones a los derechos humanos; y
Proponer medidas
para frenar y erradicar la cultura de violencia contra la mujer, y además
combatir las actitudes discriminatorias o diversas formas de violencia.
|
7.1.6
ESTRATEGIAS PARA DESARROLLAR LA
PROPUESTA.
a)
Asegurar que las personas involucradas en el proceso de recibir
denuncias de violación a los derechos de la mujer, hayan realizado la
capacitación necesaria para atender a las víctimas en forma apropiada.
b)
Incluir en los programas educativos información sobre los derechos de la
mujer y de esta forma erradicar el irrespeto a los derechos de la mujer desde
sus inicios.
7.1.7
DENOMINACIÓN DE LA PROPUESTA COMO
PROYECTO DE DESARROLLO.
Ø VARIABLE X:
Proponer medidas para frenar y
erradicar la cultura de violencia contra la mujer, y además combatir las
actitudes discriminatorias o diversas formas de violencia.
Ø VARIABLE Y:
Alcanzar la disminución de la violación
a los derechos humanos de la mujer. Una mejor educación en cuanto a sus
derechos, que se les garantice el desarrollo pleno de sus actividades en un
ambiente de armonía, respeto y confianza. Lograr una plena y verdadera igualdad
entre el hombre y la mujer modificando
el papel tradicional de la mujer en la sociedad.
7.2 ANTEPROYECTO DE REFORMA.
Decreto
Nº_________
LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR.
CONSIDERANDO:
I-
Que la actual
Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, represento un
adelanto dentro de la materia de los derechos humanos, y una concordancia con
la Constitución de la República de El Salvador, pero aun le falta atender con
más eficacia los derechos de la mujer.
II-
Que los Estados
democráticos de Derecho, se han visto en la necesidad de adecuar sus
normativas, sobre los derechos humanos de la mujer, a fin de resolver los
conflictos sociales que ponen en peligro la integridad y el bienestar de la
mujer y así crear una norma más efectiva sobre los derechos de la mujer.
III-
Que con el
objeto de orientar la Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos
Humanos, dentro de una concepción más garantista de los derechos de la
mujer para restringir la violencia y una
amplia protección a esta, se constituye un instrumento eficaz para combatir las
violaciones.
POR TANTO,
Art. 12
10) Promover y proponer las medidas que estime necesarias en orden a
prevenir violaciones a los derechos humanos; y
Proponer medidas para frenar y erradicar la cultura de violencia contra
la mujer, y además combatir las actitudes discriminatorias o diversas formas de
violencia.
BIBLIOGRAFÍA
LEY PRIMARIA.
·
Constitución de la República
de El Salvador, creada mediante decreto constituyente del 15 de Diciembre de
1983, publicación en el Diario Oficial numero 234, Tomo 281, del 16 de
Diciembre de 1983.
LEYES SECUNDARIAS.
·
Código de Familia, aprobado
según decreto legislativo 677 del 11 de Octubre de 1993 y publicado en el
Diario Oficial numero 231, Tomo 321 del 13 de Diciembre de 1993.
·
Ley Contra la Violencia
Intrafamiliar, aprobada según decreto legislativo 902, del 28 de Noviembre de
1996 y publicado en el Diario Oficial numero 241, Tomo 333, del 20 de Diciembre
de 1996.
·
Ley de la Procuraduría para
la Defensa de los Derechos Humanos, y los proyectos que realiza dicha
institución para la defensa de los derechos de la mujer.
TRATADOS INTERNACIONALES O
CONVENCIONES SOBRE LOS DERECHOS DE LA MUJER RATIFICADOS POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA.
·
Convención sobre la
Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979), la
cual fue ratificada por El Salvador por medio del Decreto Legislativo No. 705
de 2 de junio de 1981. Publicada en el Diario Oficial No. 105 de 9 de junio de 1981.
·
Convenios 100 y 101
de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativos a la
discriminación. Decreto Legislativo No. 78 del 14 de julio de 1994. D.O. No.
157 de 26 de agosto de 1994.
·
Declaración final de
la IV Conferencia Mundial de la Mujer (Beijing 1995). Suscrita por El Salvador
en el mismo año de 1995.
·
Convención
Interamericana sobre Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer (1948).
Decreto Legislativo No. 123 de 17 de enero de 1951. Diario Oficial No. 45 de 6
marzo de 1951.
·
Convención
Interamericana sobre Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer (1948).
Decreto Legislativo No. 124 de 17 de enero de 1951. Diario Oficial No. 45 de 6
marzo de 1951.
·
Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la
Mujer (Convención de Belém do Pará) (1994). Decreto Legislativo No. 430 de 23
agosto de 1995. Diario Oficial No. 154
de 23 de agosto de 1995.
LIBROS CITADOS.
·
Antonio de León Pinelo.
"Velos antiguos y modernos en los rostros de las mujeres: sus conveniencias
y daños". Autor citado por la pagina
www.monografías.com.
·
Carlos Cañas Dinarte.
"Las mujeres en la independencia". S/r. Libro citado por la pagina www.monografías.com
·
Corte Suprema de Justicia
“Al encuentro con nuestro pensamiento jurídico”- pórtico 6, ejemplar numero 2.
RESOLUCIONES DE LA PROCURADURÍA PARA LA DEFENSA DE LOS
DERECHOS HUMANOS
·
Expediente 01-0644-03.
Caso señora América Paola García Calderón y Yansi Maribel García de Acosta, víctimas de
violaciones a sus derechos humanos por parte de la Alcaldía de Municipal de
Ayutuxtepeque.
·
Expedientes 01-1715-00, LL- 0684-00, 01-0159-01,
1-0354-01, 01-1224-01, 01-1231-01 y 01-1336-01.
Violación a
los derechos de mujeres que trabajan dentro de la Policía Nacional Civil.
·
Expediente SS-3552-99.
Caso de Violación y Homicidio de la Menor Katya
Natalia Miranda Jiménez.















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